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Novedades de tráfico de 2024: qué se aprobó y qué no en 2026

Actualidad normativaTráficoRevisado: 14 de agosto de 2026

En 2024 se anunciaron cambios sobre la baliza V-16, el permiso B1, la conducción acompañada a los 17 años, las motos de 125 cc y los vehículos automatizados. Dos años después, el resultado es desigual: una medida ya está plenamente vigente, otras continúan sin incorporarse al ordenamiento español y algunas han avanzado por una vía distinta de la prevista.

Esta entrada, publicada originalmente el 1 de enero de 2024, se ha convertido en un balance jurídico. Distingue entre anuncios, proyectos, normas publicadas y medidas realmente aplicables.

1. Tabla resumen: qué ocurrió con las novedades anunciadas en 2024

Medida anunciada Situación en agosto de 2026 Consecuencia práctica
V-16 conectada Vigente desde el 1 de enero de 2026. Para los vehículos matriculados en España sujetos a esta dotación debe utilizarse un modelo conectado y certificado; existe una excepción para la circulación internacional.
Permiso B1 a los 16 años No implantado en España. No existe hoy una categoría B1 española de nueva expedición que habilite a esos jóvenes.
Permiso B y conducción acompañada a los 17 No aplicable todavía en España. La nueva directiva europea deberá transponerse. El permiso B español mantiene por ahora la edad mínima de 18 años.
Curso obligatorio para conducir motos de hasta 125 cc con el permiso B No aprobado. Sigue vigente la habilitación nacional del permiso B con antigüedad superior a tres años, sin ese curso obligatorio.
Regulación general de vehículos autónomos SAE 4 y 5 No culminada. Existe un programa para ensayos y operaciones previas a la puesta en servicio. Las pruebas necesitan autorización dentro del Programa ES-AV; no equivalen a libre circulación general.

La expresión «no aprobado» se refiere al ordenamiento español vigente en la fecha de revisión. Una noticia, una estrategia pública, una consulta previa o una directiva pendiente de transposición no sustituyen la publicación y entrada en vigor de la norma nacional necesaria.

2. V-16 conectada: la previsión que sí se hizo obligatoria

La implantación de la V-16 conectada estaba programada con antelación y se hizo efectiva el 1 de enero de 2026. Desde esa fecha, para los vehículos matriculados en España sujetos a esta dotación, debe utilizarse la baliza conectada que cumple los requisitos técnicos y figura entre los modelos certificados.

La señal luminosa transmite su posición a la plataforma DGT 3.0 cuando se activa. La DGT aclara que no necesita el teléfono del usuario, no exige una aplicación y no comunica datos personales o la matrícula. Tampoco sustituye una llamada al 112 ni al servicio de asistencia: su función es advertir de la presencia del vehículo y difundir su ubicación como incidencia de tráfico.

Según la información oficial de la DGT, deben llevarla los turismos, autobuses, vehículos mixtos adaptables, automóviles destinados al transporte de mercancías y conjuntos de vehículos no especiales. Antes de adquirir o comprobar una baliza debe consultarse el listado oficial de modelos certificados; que un producto emita luz o se anuncie como «conectado» no basta por sí solo.

Excepción internacional: los vehículos matriculados en otros países que circulen por España en circulación internacional pueden utilizar los triángulos o el dispositivo equivalente admitido por su Estado de matriculación.

3. Permiso B1 a los 16 años: anunciado, pero no implantado en España

La entrada original afirmaba que desde 2024 los mayores de 16 años podrían obtener el permiso B1. Esa previsión no llegó a incorporarse al Reglamento General de Conductores. Su artículo 4 continúa enumerando las categorías españolas ordinarias y no incluye un nuevo permiso B1 para conducir los vehículos proyectados; el permiso B mantiene la edad mínima de 18 años.

No debe confundirse esta propuesta con referencias históricas al antiguo permiso B1 (TA) agrícola que aparecen en disposiciones transitorias del Reglamento. Son derechos o equivalencias procedentes de regímenes anteriores, no un permiso juvenil actualmente disponible.

La Directiva (UE) 2025/2205 sobre el permiso de conducción contempla la categoría B1 y fija un marco europeo renovado, pero sus previsiones necesitan los actos nacionales de transposición y aplicación correspondientes. La directiva no permite solicitar hoy ese permiso en España por sí sola.

4. Conducción acompañada a los 17 años: horizonte europeo, no permiso español vigente

En España, el Reglamento General de Conductores autoriza al Gobierno a regular una licencia de aprendizaje con conducción acompañada, pero esa habilitación general no creó por sí misma el sistema anunciado. A fecha de esta revisión, la edad mínima ordinaria del permiso B sigue siendo 18 años y una persona de 17 años no puede conducir un turismo en vía pública simplemente por ir acompañada de un adulto.

La situación futura sí ha cambiado. La Directiva (UE) 2025/2205 establece un sistema de conducción acompañada para titulares de 17 años, con requisitos para el acompañante y un código específico en el permiso. Los Estados miembros deben transponer su artículo 17 y aplicar esas disposiciones desde el 26 de noviembre de 2028. La DGT ya trabaja en su futura incorporación a España, pero, hasta que exista la correspondiente regulación española aplicable, no debe presentarse como un derecho ya ejercitable.

5. Curso obligatorio para motos de 125 cc: no se aprobó

También se anunció un curso obligatorio para los titulares del permiso B que quisieran conducir motocicletas de hasta 125 cc. La medida figuró en la planificación de seguridad vial, pero no se incorporó a la regulación vigente.

El artículo 4 del Reglamento General de Conductores sigue permitiendo conducir dentro del territorio nacional, con un permiso B de antigüedad superior a tres años, las motocicletas autorizadas por el permiso A1. Esta habilitación nacional no equivale a poseer el permiso A1 y deben respetarse las restricciones o adaptaciones que consten en el permiso.

En 2025 sí se regularon cursos de conducción segura y eficiente para motocicletas y turismos. Son cursos voluntarios que, si se cumplen los requisitos y existe saldo positivo, permiten bonificar dos puntos hasta el máximo legal. No son el curso obligatorio para conducir una moto de 125 cc con el permiso B que se anunció en 2024.

6. Vehículos automatizados: marco de pruebas, no circulación general de niveles 4 y 5

La previsión de aprobar en 2024 un real decreto general para vehículos de niveles SAE 4 y 5 tampoco se materializó en esos términos. El avance más importante llegó en 2025 mediante el Programa Marco de Evaluación de la Seguridad y Tecnología de Vehículos Automatizados (ES-AV), establecido por la Instrucción VEH/2025/07 de la DGT.

Este programa regula la autorización y supervisión de pruebas, ensayos y operaciones previas a la puesta en servicio en vías abiertas al tráfico. Contempla distintas fases de madurez tecnológica, condiciones de seguridad, informes y operadores a bordo o remotos según el supuesto. En la web oficial constan, entre otras, pruebas autorizadas con vehículos SAE 4.

Esto no significa que cualquier vehículo de nivel 4 o 5 pueda circular de forma autónoma sin autorización específica. La propia DGT mantiene enlazado como «normativa en curso» un proyecto de real decreto sobre conducción automatizada. Por tanto, el balance correcto es de avance regulatorio para pruebas, con la regulación general todavía en desarrollo.

Puede consultarse el estado del programa, las operaciones autorizadas y el proyecto normativo en la página oficial del Programa ES-AV de la DGT.

7. Qué cambios de tráfico sí llegaron en 2025 y 2026

Mientras algunas previsiones de 2024 quedaron pendientes, otras reformas relevantes avanzaron por normas diferentes:

  • 1 de julio de 2025: entró en vigor el Real Decreto 465/2025, que actualizó el catálogo oficial de señales de circulación y marcas viales. La sustitución de muchas señales se realiza de forma progresiva; las señales suprimidas contaron con un régimen específico de retirada.
  • 2025: se regularon los cursos voluntarios de conducción segura y eficiente con bonificación de puntos mediante la Orden INT/209/2025.
  • 1 de enero de 2026: pasó a ser exigible la V-16 conectada en el ámbito previsto por la normativa.
  • 1 de octubre de 2026: entra en vigor con carácter general el Real Decreto 518/2026, con cambios para usuarios vulnerables, VMP, bicicletas, motocicletas, adelantamientos, cinturón y circulación urbana.
  • Conducción automatizada: el Programa ES-AV permite y supervisa pruebas autorizadas, mientras continúa la preparación de una regulación general.

Este recorrido demuestra por qué no conviene agrupar bajo la etiqueta «novedades DGT» medidas con distinta naturaleza. La fecha decisiva para exigir una conducta no es la del anuncio, sino la de publicación y entrada en vigor de la disposición aplicable.

8. Criterio práctico para Policía Local, conductores y opositores

Policía Local

La denuncia o el control documental deben apoyarse en una norma vigente y en el catálogo o instrucción operativa aplicable. Un anuncio de la DGT, un proyecto de real decreto o una directiva pendiente de transposición no bastan para crear una infracción.

Conductores

Deben comprobarse el vehículo concreto, el permiso, sus restricciones y la fecha de entrada en vigor. En especial, una baliza no certificada no se convierte en válida por anunciarse como V-16 conectada.

Opositores

Para estudiar debe emplearse el texto consolidado más reciente y comprobar la disposición original. Es útil separar en los apuntes cuatro estados: anunciado, en proyecto, publicado y vigente.

LegioPOL actualizará este balance cuando se publique una norma española sobre el permiso B1, la conducción acompañada, la formación para motos de 125 cc o la circulación general de vehículos automatizados.

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona de 16 años obtener actualmente el permiso B1 en España?

No. A fecha de 14 de agosto de 2026 el Reglamento General de Conductores español no ha incorporado el permiso B1 juvenil anunciado. La nueva directiva europea no lo activa automáticamente sin la regulación nacional correspondiente.

¿Se puede conducir un turismo a los 17 años si acompaña un adulto?

No bajo un sistema español general vigente. La Directiva (UE) 2025/2205 prevé la conducción acompañada desde los 17 años, pero requiere su transposición y aplicación nacional.

¿Es obligatorio hacer un curso para conducir una moto de 125 cc con el permiso B?

No se ha aprobado ese curso obligatorio. Dentro de España continúa vigente la habilitación para permisos B con antigüedad superior a tres años en los términos del Reglamento General de Conductores. Los cursos con bonificación de puntos regulados en 2025 son voluntarios y distintos.

¿Sirve cualquier baliza V-16 desde 2026?

No. Debe ser conectada y figurar entre los modelos certificados conforme a la normativa. La lista oficial y actualizada está publicada por la DGT.

¿Los vehículos autónomos SAE 4 pueden circular libremente por España?

No. Existen pruebas y operaciones autorizadas dentro del Programa ES-AV, incluidas algunas con vehículos SAE 4, pero esto no equivale a una autorización general de circulación autónoma.

Fuentes oficiales

Contenido informativo revisado el 14 de agosto de 2026. Para efectos jurídicos prevalecen las disposiciones oficiales, sus eventuales correcciones y el texto vigente en la fecha de los hechos.

Novedades de tráfico de 2024: qué se aprobó y qué no en 2026

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